• sáb. May 3rd, 2025

Enlace Cuicatlan

Noticias con Responsabilidad

Aspectos claves propone Liz Concha considerarlos como Violencia Institucional contra las mujeres

porenlace

Abr 8, 2023

Uno de los fenómenos que día a día enfrentan las mujeres en la vida laboral, es la violencia institucional, ejercida por agentes del Estado y que puede ser aplicada a través de normas, prácticas institucionales, descuidos y privaciones en detrimento de una persona o grupos de personas, la violencia institucional se caracteriza por el uso del poder del Estado para causar daño y reforzar los mecanismos establecidos de dominación.

La Diputada Liz Concha, Presidenta de la Comisión de Gobierno y Asuntos Agrarios de la Sexagésima Quinta Legislatura de Oaxaca, explicó que existen servidores públicos que ejercen violencia institucional e impiden el goce y ejercicio de los derechos humanos; “cuando: obstaculizan el acceso a la justicia y a una tutela judicial efectiva; contravienen la debida diligencia; no asumen la responsabilidad del servicio que tienen encomendado; incumplen el principio de igualdad ante la ley; no proporcionan un trato digno a las personas, y omiten brindar protección a la integridad física, psíquica y social de las mujeres”.

Por esta razón, dijo, es necesario también, establecer algunos aspectos específicos que deban ser considerados como tipos de violencia institucional, además de los ya establecidos en el Capítulo Segundo denominado “En el Ámbito Institucional y Político” del artículo 10 de la Ley Estatal de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, que estable que la Violencia en el ámbito institucional, son los actos u omisiones de las y los servidores públicos del Estado o los Municipios que discriminen, dilaten, obstaculicen, entorpezcan o impidan el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar la violencia de género en cualquiera de sus tipos y modalidades, sin embargo hay aspectos que no se toman en cuenta, por lo tanto se proponen los siguientes: 

1. Los recortes o ajustes que sin justificación se realicen a los presupuestos destinados a mujeres.

2. La eliminación de programas sociales destinados a mujeres y que tengan por objeto la prevención, atención y erradicación de violencia.

3. La eliminación o restricción de programas enfocados en garantizar su derecho a la salud.

4. La eliminación o restricción de programas que tengan por objeto otorgar algún beneficio económico o aquellos cuyo objeto sea el empoderamiento económico de las mujeres.

Por lo expuesto y fundado, la Diputada Liz Concha sometió a consideración del Honorable Congreso de Oaxaca dicha Iniciativa con proyecto de adición de un segundo párrafo del artículo 10 de la Ley Estatal de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género y continuar la lucha frontal contra los abusos contra las mujeres.

por enlace

Deja un comentario